La aconfesionalidad, como justo equilibrio entre dos extremos
Palabras clave:
Confesionalidad, Libertad Religiosa, ConstituciónResumen
Como elemento necesario para comprender el sentido y significado del vigente artículo 16.3 de la Constitución española, se evocan, en sus principales notas distintivas, los dos regímenes constitucionales que inmediatamente le preceden IIª República y Régimen del General Franco), a ninguno de los cuales el constituyente de 1978 quiso volver. Se analizan los sistemas vigentes de confesionalidad y aconfesionalidad religiosa del Estado y se califica el sistema español como de aconfesionalidad y cooperación con las Iglesias y confesiones.Descargas
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