El carácter público de la Iglesia católica en el ordenamiento jurídico español
Palabras clave:
persona jurídica, derecho canónico, Constitución, jurisprudencia, Santa Sede, Iglesia católicaResumen
La Constitución española contempla la libertad de culto y reconoce a la Iglesia católica como persona jurídica pública. Si bien el Estado español se organiza en comunidades autónomas y provincias, la Constitución se refiere a la única Iglesia católica que es universal. El estudio trata de analizar la variedad de personas jurídicas que pueden actuar de forma pública pertenecientes a la Iglesia. También busca reconocer la forma concreta en que se desarrolla esta personalidad jurídica en el marco del ordenamiento español.
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