Religiosos ausentes y exclaustrados. Problemática subyacente al ejercicio de algunos derechos y obligaciones
Palabras clave:
Vida común, exclaustración, pobreza, voz activa y pasiva, apostolado.Resumen
El religioso con permiso de ausencia o indulto de exclaustración se encuentra en una situación peculiar que afecta al ejercicio de algunas obligaciones relacionadas con el voto de pobreza (uso limitado y dependiente de los bienes), la participación en la vida del instituto, particularmente el ejercicio de la voz activa y pasiva dentro del instituto, y el desempeño del apostolado (licencias, prohibiciones, sanciones). Se subraya la diferente situación de ausentes y exclaustrados. Los primeros siguen siendo plenamente religiosos y deben vivir íntegramente su pertenencia y comunión con el instituto. Los exclaustrados siguen siendo religiosos pero el indulto los distancia temporalmente de la vida del instituto, por lo que los efectos no serán los mismos. Para evitar que quien se ausenta de la vida en comunidad no parezca ya religioso en su modo de vivir la pobreza o de organizar la práctica del apostolado, resulta imprescindible dejar bien delimitados modos y prácticas en relación a estas obligaciones en el documento en que se concede el permiso de ausencia o el indulto de exclaustración.
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