Eficacia e independencia del Tribunal de Cuentas
Resumen
De forma reiterada en el tiempo surge la cuestión de la operatividad de un órgano histórico, verdadero fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público, como es el Tribunal de Cuentas. Con cierta frecuencia se ha dicho que el Tribunal de Cuentas languidecía y amenazaba morir por consunción y que felizmente la Constitución, su Ley Orgánica de 1982 y su Ley de Funcionamiento de 1988 han llevado auras de juventud y glóbulos rojos a la anémica institución. Pues bien, aunque no debe dudarse de que viene el nuevo Tribunal impulsado por una causa justa, el derecho de la nación a que las cuentas públicas sean adecuadamente controladas, puede haber un efecto de espejismo pues no basta con tener esas «facultades nuevas» que le confiere su normativa, sino que, además, hay que ejercerlas convenientemente, con los medios disponibles, y, sobre todo, con los profesionales adecuados, sin interferencias políticas. Su eficacia e independencia dependen de ello.
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