Icade. Revista de la Facultad de Derecho | nº 111 [2021] [ISSN 2341-0841]
El derecho a la vida.
Nuevos retos jurídicos para su disfrute con dignidad y sostenibilidad en tiempos de crisis
José Carlos Bartolomé Cenzano
2020. Madrid: Dyckinson.
359 páginas.
ISBN: 978-84-1377-190-8
José Manuel Canales Aliende
Catedrático de Ciencia Política y de la Administración
Universidad de Alicante

1. Breve introducción

El presente libro —que se comenta seguidamente de forma sucinta, pero no por ello de forma superficial— refleja en su título el contenido de este, a saber: El derecho a la vida y los nuevos retos y problemática que este tiene en unos tiempos como los actuales de crisis, últimamente además agravados por los efectos de la COVID-19.

En todo caso la finalidad de esta recensión es informar de esta novedad editorial, lo cual no sustituye su lectura, máxime cuando además el contenido de esta obra es bastante amplio, profundo y rico en documentación y bibliografía analizada por su autor. Este libro es, en parte, una continuación más detallada sobre un derecho fundamental concreto: el de la vida, de otra obra precedente del autor publicada en 2003, en la editorial Tirant Lo Blanch y titulada Derechos fundamentales y Libertades Públicas en donde estudió de forma conjunta y sistemática todos los existentes.

En palabras del autor del libro, prestigioso profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Politécnica de Valencia, “éste es un libro que trata de plasmar las exigencias jurídicas, políticas y sociales para la sostenibilidad de la vida, nada menos; se debe meditar sobre el mundo que deseamos legar a nuestros hijos” (p. 346). Es pues un libro de análisis jurídico fundamentalmente, riguroso y documentado, sobre el derecho a la vida, pero es también un libro que incita a la reflexión sobre un tema —nunca mejor dicho— vital.

El derecho a la vida es considerado esencial, pero no es solo un simple derecho, sino que es el fundamento y la clave de todos los demás derechos y libertades, y está ligado a la esencia de la dignidad humana. El autor analiza y menciona toda la legislación española estatal y autonómica, la comparada fundamentalmente europea, así como todos los tratados y acuerdos internacionales y europeos sobre el derecho a la vida, con un planteamiento muy científico y objetivo, sin perjuicio (en muchas ocasiones) de expresar sus opiniones de forma no dogmática, dadas las dudas y lagunas a veces existentes en el contenido complejo y difícil de este derecho. El autor es consciente, además, y lo manifiesta, de que en este tema hay a veces muchos planteamientos ideológicos que son lógicamente fruto de las diversas y plurales visiones existentes.

En cuanto a la redacción del libro puedo decir que es cuidada, precisa y dotada de un gran estilo académico, y a la vez también clara e inteligible a pesar de los inevitables tecnicismos utilizados. La presentación y edición del libro a su vez es adecuada, con una portada muy ilustrativa de su contenido.

2. La estructura y el contenido básico del libro comentado

Esta obra tiene un total de 359 páginas, y se estructura del modo siguiente:

  1. En primer lugar, hay un prólogo relevante y brillante del profesor Antonio Colomer Viadel, maestro del autor, y catedrático de Derecho constitucional de la Universidad Politécnica de Valencia;

  2. En segundo término, hay un prefacio del autor, que estimo sintetiza muy bien su pensamiento y tratamiento del tema objeto del estudio, que luego desarrolla en el libro;

  3. En tercer lugar, hay un total de 16 capítulos o apartados, de diferente extensión en los que va analizando con detalle los diversos aspectos que implica el derecho a la vida, y que son los siguientes:

    1. La protección jurídica de la vida como necesidad y presupuesto axiológico existencial.

    2. La vida como presupuesto ontológico y objeto epistemológico en la filosofía occidental: desde la Grecia clásica hasta nuestros días.

    3. La vida como existencia, como derecho y su caracterización jurídica.

    4. Evolución en la regulación de los límites del derecho a la vida en relación con otros bienes, valores, principios y derechos constitucionales.

    5. El derecho a la integridad física y moral.

    6. La pena de muerte.

    7. El suicidio.

    8. El aborto.

    9. La eutanasia.

    10. La manipulación genética.

    11. La reproducción asistida.

    12. La clonación terapéutica y las células madre.

    13. Los trasplantes y su regulación en España.

    14. El alcance del consentimiento informado y sus tenues perfiles.

    15. El testamento vital.

    16. El control de natalidad.

Finalmente, esta extensa y profunda obra, tiene también otros tres apartados últimos:

  1. Unas consideraciones finales. Los nuevos paradigmas jurídicos para el disfrute del derecho a la vida en condiciones de dignidad y sostenibilidad en tiempos de crisis.

  2. Epílogo. Sobre la vida y la muerte: conciencia, amor, respeto y naturismo para sobrevivir, y

  3. Bibliografía. Esta es amplia y muy completa, a la que se añaden las fuentes documentales y la webgrafía mencionadas en el texto.

3. Algunas consideraciones personales sobre aspectos dignos de interés en la obra comentada

Seguidamente procedo a hacer algunos comentarios o reflexiones, seleccionando los más relevantes a mi entender, (en un texto muy amplio y de múltiples contenidos y aspectos a tener en cuenta), para no extenderme, y que son estos:

  1. En el prólogo, el profesor Antonio Colomer de forma sintética pero clara y relevante, hace una reflexión profunda y una defensa de la vida, de la libertad y de la dignidad de la persona humana, resaltando como propio del ser humano la capacidad de elegir y tomar decisiones con libertad. También, como segunda idea-fuerza esencial, manifiesta la necesidad de que la ética inspire siempre al derecho, pero no una ética egoísta e individualista, sino solidaria. Ambas ideas me parecen fundamentales, libertad y dignidad ante todo y sobre todo de la persona, y el derecho sin ética, es decir sin valores, es legalidad, pero no necesariamente implica justicia.

  2. En el prefacio, el autor confiesa que la redacción de este libro le llevó varios años, lo cual es lógico y comprensible por su extensión, profundidad y rigor.

  3. En este mismo prefacio, el autor expresa que su estudio del derecho a la vida se encarna dentro del marco de la sostenibilidad, lo cual ciertamente es una aportación novedosa en la doctrina, diciendo al respecto: “Cada ODS es una parcela imprescindible del derecho a la vida que se analiza a continuación en clave transversal. Sostenibilidad, dignidad, respeto y naturaleza son cuatro claves para el mantenimiento del planeta” (p. 23).

  4. “La vida es una cualidad previa al Derecho y que supera los límites del ámbito jurídico” (p. 25).

  5. “El derecho a la vida es quizás el derecho más complejo del ordenamiento jurídico” (p. 28).

  6. “El nacimiento, la herencia genética y la muerte son cuestiones claves que iluminan amplios espacios de duda desde el comienzo de la humanidad” (p. 53).

  7. “La vida y la muerte han sido preocupación en la historia siempre desde diversos enfoques: filosóficos, religiosos, científicos, morales y en definitiva humanos” (p. 33). En función de esta afirmación, el autor hace una mención selectiva de las principales aportaciones al respecto de cuatro grandes sistemas filosóficos griegos (platonismo, aristotelismo, estoicismo y epicureísmo, así como del pensamiento de los Santos Padres cristianos, de la Edad Media y del tomismo, del Romanticismo, del liberalismo clásico (Hume, Hobbes, Bentham, etc.) y del marxismo clásico (Hegel y Marx). Curiosamente el anarquismo no es objeto de consideración del autor quizás por entender que no tiene un pensamiento significativo y digno de consideración en el tema objeto de estudio. Tampoco menciona la Doctrina Social de la Iglesia y las encíclicas papales al respeto de las últimas décadas, en este caso al entender quizás que están integradas e implícitas dentro de la mención de la moral católica.

  8. “El derecho a la vida tiene una dimensión axiológica que se impone a cualquier derecho humano” (p. 59). “Este derecho no es un tema pacífico y obvio” (p. 62), pues hoy hay “acaloradas controversias que suscitan la pena de muerte, el aborto, la eutanasia y otra serie de instituciones directamente relacionadas con la vida” (p. 62). Es un derecho, por tanto, que como bien señala el autor, y coincido con él plenamente, reconoce la Constitución Española de 1978 expresamente en su artículo 15, pero no está definido con precisión, sino de forma genérica, siendo este sin duda un derecho muy complejo y polifacético. A su vez es también un derecho que se refiere a la vida humana y esta es un “concepto jurídico indeterminado”.

  9. “Lo opuesto a la vida no es la muerte propiamente, que es un hecho, el de no vivir, sino la nada” (p. 76). Esta afirmación pienso que es muy clarificadora. Tras la no vida está la nada, a la que se llega por la muerte.

  10. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional español, en una reiterada jurisprudencia sí ha considerado el derecho a la vida como un valor superior del ordenamiento constitucional y como fundamento de cualquier otro derecho, pero esta declaración unánime y reiterada lo ha sido siempre de forma muy genérica, pero sin concretarlo y delimitarlo de forma clara siempre y, por tanto, hay aún algunas lagunas jurisprudenciales.

  11. España tiene, según el autor, una regulación y una gestión pública de la prevención de la tortura y de los malos tratos loable y eficaz. Este hecho en mi opinión pone de relieve un aspecto importante de la madurez de la sociedad democrática española, que no presenta afortunadamente lagunas en este aspecto.

  12. La pena de muerte, en consonancia de los tratados internacionales y europeos, está prohibida en España, salvo algunas situaciones en época de guerra, siendo una corriente mundial mayoritaria, pero no unánime. Este hecho suele coincidir con el desarrollo económico y político democrático de los países, salvo el destacable caso de EE. UU. (a excepción del Estado de Washington).

  13. La problemática del suicidio y lo que este implica, así como su etiología personal, histórica y social son ampliamente analizadas, considerándolo el autor, con independencia de sus posibles causas y justificaciones como un atentado contra la vida. Desde luego, el suicidio es el deseo propio o inducido de no querer seguir viviendo y desear la propia muerte, lo cual es la negación del propio derecho a vivir, lo que, con independencia de todo posible juicio de valor, manifiesta una personalidad enferma, que busca angustiosamente una rápida solución a sus problemas vitales.

  14. En cuanto al aborto, tema difícil y controvertido sin duda, el autor hace un análisis detallado de su regulación histórica y en la actualidad, para señalar que en España con su breve precedente permitido para algunos supuestos tipificados durante el periodo del Frente Popular en la II República, en la actualidad está permitido, pero no para todos los supuestos posibles y tras modificaciones parciales de su ley reguladora, ampliándose los supuestos permitidos, siendo su ampliación objeto de un recurso ante el Tribunal Constitucional aún no resuelto, y aparcado posiblemente por la dificultad y controversias existentes en la muy plural sociedad española actual. No obstante, el problema difícil de fondo a determinar es “en qué momento del proceso reproductivo nace la vida” (p. 159), como bien dice su autor.

  15. La eutanasia activa y pasiva es objeto de consideración detallada en esta obra, mencionando la proposición de ley del PSOE ya convertida recientemente en ley. La eutanasia, término que proviene del griego y significa “buena muerte”, parece que en teoría tiene una buena finalidad, pero no es en la práctica claro que pueda ser autorizada, pues presenta numerosas dudas y controversias jurídicas y morales. No obstante, en la nueva ley cautelarmente se establecen unos requisitos muy precisos, limitados y garantistas, señalados por el autor respecto a la proposición, que permiten augurar que no será ésta un auténtico “coladero” para toda clase de situaciones, sino sólo algunas excepcionales.

  16. La problemática compleja de la bioética también se estudia, así como la manipulación genética, y la reproducción asistida, siendo aspectos y problemas relacionados con la vida misma y su derecho, aún con muchas lagunas, y en donde hay mucho que reflexionar, experimentar y regular en los próximos años, pudiéndose decir que estamos aún en un momento y proceso inicial, en el que hay dudas y cautelas importantes.

4. Epílogo

Bienvenida sea pues esta excelente y nueva obra, en la bibliografía existente sobre la materia objeto de estudio, redactada por su autor, como he dicho antes, de forma rigurosa, detallada y completa y, que tiene una serie de aportaciones generales y concretas sobre el derecho a la vida de gran interés académico y de actualidad.

Ahora bien, no es solo una obra de análisis jurídico clásico, sino que tiene también aportaciones de otras disciplinas históricas, sociales, históricas, psicológicas, morales y antropológicas, que la enriquecen y la hacen sin duda muy completa.

Por último, y como gran valor añadido para mí, esta obra es sobre todo muy ilusionante porque es un “canto a la vida” y a su derecho, que implica la dignidad y la libertad de la persona, lo cual, en estos tiempos de crisis múltiples, pandemia, terrorismo y totalitarismos, es una aportación muy de agradecer por su positividad y esperanza.