Integración europea y supremacía constitucional. Sobre la necesaria reforma de nuestra Constitución para integrar adecuadamente la primacía del Derecho de la Unión [A propósito de la DTC1/2004 de 13 de diciembre]
Palabras clave:
Integración, primacía, supremacía, reforma constitucional, Constitución Europea.Resumen
Esta reflexión intentará poner de manifiesto los problemas de arquitectura constitucional que se están suscitando con la recepción del derecho comunitario dentro de nuestro sistema constitucional de fuentes del derecho, y cómo las cosas, desde 1992, no se están haciendo bien en relación con la recepción interna del Derecho de la Unión, sino que por el contrario se está produciendo una devaluación de nuestra Constitución por no querer reconocer sin complejos que ésta tiene que reformarse, forzosamente, conforme vamos avanzando en el proceso de integración europea. La DTC 1/2004 de 13 de diciembre ha abierto por la vía hermenéutica unas posibilidades extraordinarias al art. 93 CE, confiriéndole un poder de auto ruptura constitucional, siempre que se respeten los “contra-límites” al principio de primacía que la jurisdicción constitucional italiana acuñó y en otros países se importaron a través de las pertinentes reformas constitucionales. No es correcto que una operación de esta envergadura se produzca por el procedimiento de tramitar una “simple” Ley Orgánica que autoriza la ratificación de un Tratado internacional, cuyo procedimiento no reviste la legitimación democrática suficiente, ni por las mayorías parlamentarias que se exigen para su aprobación, ni por el limitado poder de enmienda que este tipo de leyes orgánicas permiten.
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