Error común de derecho y asistencia al matrimonio
Resumen
El 2 de enero de 1926 en la iglesia de San Miguel de una ciudad de la entonces amplísima archidiócesis de Sevilla se celebró con toda solemnidad la boda de Tito S. y Lola T., ambos de noble abolengo. Vino de Madrid para «bendecir» el matrimonio el Nuncio Apostólico. Desgraciadamente no tuvo éxito el matrimonio; la convivencia matrimonial se rompió en 1940, y el 7 de febrero de 1945 la esposa presentó en el tribunal eclesiástico de Oviedo una demanda de nulidad de su matrimonio, que en un segundo momento se fundamentó en un defecto de la forma canónica «ob non concessam delegationem Excmo. Nuntio, nec a parocho nec ab Ordinario loci». [...]Descargas
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Publicado
2019-03-28
Cómo citar
Olivares D’Angelo, Estanislao. «Error Común De Derecho Y Asistencia Al Matrimonio». Estudios Eclesiásticos. Revista de investigación e información teológica y canónica 74, no. 291 (marzo 28, 2019): 697–717. Accedido noviembre 21, 2024. https://revistas.comillas.edu/index.php/estudioseclesiasticos/article/view/6900.
Número
Sección
Estudios
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