La personalidad jurídica de la Iglesia católica en el derecho español
Keywords:
Iglesia, Estado, Concordato, Constitución, persona jurídica pública, derechoAbstract
Tras la aprobación de la Constitución española de 1978, la Iglesia católica tiene el apoyo legislativo para ser considerada como persona jurídica de carácter público. Antes de la ratificación de la Constitución, este carácter público no estaba asegurado con el simple reconocimiento de la Iglesia como "utilidad pública". De este modo, la Constitución debía remitir a una ley ulterior que garantizara el carácter público o acudir a una constitucionalización del Concordato. Desde esta base, el estudio profundiza en las leyes que respaldan el aspecto público de todas las Iglesias de España.
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